martes, 16 de diciembre de 2008

Vista de fecha 17 de julio de 2008

En la segunda vista correspondiente al Procedimiento de Medidas Cautelares abierto por el Excmo. Magistrado-Juez, D. Juan Pablo González del Pozo, celebrada con fecha 17 de julio de 2008, aparecen una serie de "perlas" de la psicóloga que ratifica el informe de fecha 11 de julio de 2008:Minuto 11:07-11:15:
Representación de la madre: "en este último informe que hace usted, hace recíentes fechas, ¿llegó a ver a la niña?".
Psícóloga: "no".
Representación de la madre: "solamente ve o los abuelos por las dos partes"
Psicóloga: "a los abuelos".
El Código Deontológico del Colegio de Psicólogos sanciona que una psicóloga realice un informe pericial psicológico sin ver al paciente, en este caso una menor, no ya desde el punto de vista psicológico sino desde el sentido común, ¿cómo se pueden hacer afirmaciones sobre el estado psicológico de una menor sin haberla visto?, o acaso esta psicóloga cuenta con una "bolita de cristal".
Minuto 18:16-18:35:
Representación del padre del hermano de la menor y de los abuelos maternos: “… es simplemente una pregunta muy concreta, ¿si sería perjudicial el privarla de la compañía de su hermano menor?”
Psicóloga: “NO, no es perjudicial es un incidente más…”.

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