martes, 16 de diciembre de 2008

La campaña del Excmo. Magistrado-Juez D. Juan Pablo González del Pozo

En el artículo publicado en el periódico El Mundo, en su edición de fecha 19 de septiembre de 2008, artículo sobre el cual se ejercerán las acciones que en Derecho convengan por parte de la madre de la menor, dada la falsedad de la información publicada, el Excmo. Magistrado-Juez D. Juan Pablo González del Pozo, dice:
"que a través de la campaña -desarrollada en radio, televisión, en un blog abierto al efecto y mediante manifestaciones a las puertas de la sede de mi juzgado-, se está perturbando y atacando de manera flagrante mi independencia".
Refiriéndose a la madre de la menor, "presiona de forma inadmisible para que dicte resolución favorable a sus pretensiones en un asunto de que conozco y en el que la misma es parte".Indicar que la libertad de expresión está consagrada en el artículo 20.1 de la Constitución Española, "se reconocen y protegen los derechos:a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.c) A la libertad de cátedra.d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades".Asimismo el artículo 21.1 de la misma, protege igualmente el derecho a reunión, "se reconoce el derecho de reunión pacifica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes".Dicho ésto, la familia y allegados de la madre de la menor no ha hecho nada más que ejercer pacíficamente derechos constitucionales con el objeto de que el Excmo. Magistrado-Juez aplicase la Legalidad, de hecho, en las concentraciones a las puertas de los Juzgados de Familia, la Policia Nacional ha tomado nota de los mensajes transmitidos, y evidentemente no ha ejercido acción alguna puesto que se han realizado de acuerdo a la legislación vigente.Las manisfestaciones vertidas por el Excmo. Magistrado-Juez D. Juan Pablo González del Pozo, me recuerdan a antaño, cuando la libertad de expresión era cercenada por unos pocos, afortunadamente en la actualidad los administrados estamos amparados por el Estado de Derecho.Respecto a las supuestas presiones de la madre de la menor al Excmo. Magistrado-Juez, manifestar que quizás sea al revés porque el poder omnímodo de éste, le ha llevado a desalentar a ésta mediante la incomunicación telefónica, desde el pasado día 1 de agosto de 2008, de su hija menor de siete años y medio con su hermano de 21 meses de edad, y con el resto de familia extensa, sin auto motivado, y JUSTO AL DÍA SIGUIENTE de que la madre solicitara a la Comisión de Tutela del Menor de la Comunidad de Madrid las llamadas telefónicas con su hija menor, llamadas telefónicas que no estaban inhabilitadas por auto motivado, dado que tanto familia materna como paterna las estábamos manteniendo desde el día 24 de julio de 2008.Creo que en un Estado de Derecho es inadmisible este abuso de poder, y el Consejo General del Poder Judicial tome las medidas oportunas a este respecto.

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