El día 2 de septiembre de 2008 al finalizar la concentración en las puertas de los Juzgados de Familia tuvimos la oportunidad de tener frente a frente al Magistrado-Juez, D. Juan Pablo González del Pozo, titular del Juzgado de 1ª Instancia Nº 24 de Madrid.Al termino de la concentración, personal de los Juzgados contactó con los familiares que estaban concentrados a pie de calle, porque al parecer su Señoría quería explicarnos la resolución, evidentemente a su Señoría no le sentó nada bien la concentración puesto que sino hubiera hecho oidos sordos a la misma, y no hubiera mandado a nadie.Pretendía hacernos ver que estábamos equivocados, que ese no era el camino a seguir, y que ese tipo de acciones perjudicaban a la menor, nada más lejos de la realidad, puesto que lo que si es a todas luces perjudicial para la menor es estar encerrada en un Centro de Acogida, separada de su hermano menor de un sólo vínculo, donde la menor sólo recibe una visita a la semana de dos horas de duración, y no recibe ni una sola llamada telefónica, evidentemente el tiempo perdido por su Señoría, mas de una hora, lo podía haber utilizado para notificar a las partes el correspondiente auto motivando la inhabilitación de las comunicaciones telefónicas de la menor, y emplazando a las partes para el correspondiente Recurso de Apelación, evidentemente nadie en su sano juicio puede motivar que dos hermanos menores de edad no se comuniquen telefónicamente, ¿cómo y cuándo lo va a hacer usted, Señoría?.Las perlas de su Señoría fueron varias, y ninguna de ellas tiene desperdicio, para no perder el tiempo vamos a reproducir cuatro de las mismas:
El familiar que subió a hablar con su Señoría le indicó lo que hace el hermano de la menor de 20 meses de edad, "cuando ve a una niña como su hermana por detrás que se le parece, corre a su encuentro llamándola tata, tata, y cuando ve que no es ella dice, no ta!!!, no ta!!, tata no ta!!", a este comportamiento de un niño de 20 meses de edad, su Señoría responde irónicamente, -"bueno es un niño pequeño"-, ¿no se cómo un Juez puede responder con semejante desfachatez e ironía ante el comportamiento de un niño de 20 meses de edad que de un plumazo le quitan los juegos y risas de su hermana?, ¿Señoría, acaso por ser pequeño no tiene derechos civiles, y no es de aplicación por lo tanto el artíuculo 92 del Código Civil?.
Continuándo con las perlas del Juez, el familiar le comenta que "¿por qué actuaba con tantas prisas y qué por qué no había utilizado los otros informes psicológicos, etc...?, a ésto responde que "oiga no me diga que actúo con prisas". Vamos a ver Sr. Magistrado-Juez, como puede usted actuar con tal cinismo torticero, cuando no realiza la propia psicosocial que usted aprueba en la primera vista porque se le van los plazos, abriendo rápidamente un procedimiento de desamparo sobre la menor, ¿cuándo en menos de 24 horas desde que usted dicta la resolución judicial ya se han llevado a la menor de su casa, de su piscina, de las risas con su hermano?, no se si usted habrá consultado a expertos en materia de protección de menores, pero ciertamente los que ha consultado la familia materna se quedan anodadados con su ágil y rápida intervención en este caso, puesto que normalmente es muy difícil intervenir en menores cuyas familias están realmente destructuradas, (que como sabe usted no es el caso), con escasos recursos económicos y en una situación de grave riesgo (alcoholismo, drogadicción, etc.), e incluso en estos casos se utilizan terapias sobre la familia para tratar el conflicto y/o problema dentro del entorno familiar en el que se encuentra el menor, con la mínima intervención de la administración, principio que con esta menor usted también se ha saltado a la torera, sin ninguna reflexion previa.
Señoría el refranero español dice: "Dañosa es la prisa en el juez" y "Juez con prisa, juez que yerra".
En un momento determinado el familiar le indica a su Señoría, "usted inclina la balanza hacia los abuelos paternos, no recuerdo si es usted o el fiscal que incluso le ofrece la custodia al otro hijo de los abuelos paternos, ¿por qué no tuvo este detalle también con los abuelos maternos?, puesto que ellos también tienen otro hijo". La respuesta de su Señoría es incluso graciosa, "que no puede estar en todo y que algo se le puede escapar". Vamos a ver Señoría usted está para aplicar Justicia, y digo JUSTICIA con mayúsculas, y no su propia justicia, ¿cómo puede un Juez decir "que no puede estar en todo y que algo se le puede escapar"?, es inaudito, un Juez está para aplicar Justicia con independencia y objetividad, y tiene que valorar todas las posibilidades que estén en cada caso.
Cómo última perla de su Señoría, y creo que es la respuesta más descarada y cínica que podemos escuchar de un Juez, cuando el familiar hace referencia "a como la abuela paterna insulta a la familia, que somos malos y poniéndonos a todos a parir", la respuesta de su Señoría fue, "sólo hablaban fuerte".
En una vista un Juez no puede permitir ese tipo de comportamientos con ninguna de las partes, más si cabe cuando la representación de la madre es reñida por su Señoría cuando hace mención a que "es una salvajada separar a dos hermanos", pues efectivamente Señoría claro que lo es, pero ciertamente me pregunto cuales son sus verdaderas intenciones, ¿impartir JUSTICIA?, permitame que lo dude.
La familia de la madre lo único que quiere es que usted IMPARTA JUSTICIA, nada más, y como hoy estoy refranero "juez de poca conciencia, no esperes justa sentencia", me parece que usted es un inconsciente tomando decisiones a la ligera, no basándose en el Derecho, y si en sus propios prejuicios.
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